El Tribunal Superior de Cuentas (TSC) remitió al Ministerio Público (MP) seis expedientes conteniendo casos de presunto enriquecimiento ilícito en que habrían incurrido igual número de exservidores públicos.
Una de las prioridades del Pleno de Magistrados es la remisión de expedientes de investigación de casos por enriquecimiento ilícito, con el fin de ofrecer resultados oportunos.
De esta forma y tras evacuar la investigación, cumpliendo las garantías del debido proceso, se confirmó el hallazgo de indicios de enriquecimiento ilícito en seis expedientes por un monto total que asciende a 15,362,601.54 lempiras.
Una vez concluida la investigación el TSC notificó a los señalados el Informe Provisional, a fin de hacer uso del derecho de defensa, sin embargo no pudieron desvanecerla y se confirmó un notable aumento de capital, superior al que normalmente hubieran podido percibir en el ejercicio de la función pública.
En consecuencia se remitieron los expedientes al MP por ser el ente facultado por la Constitución de la República para ejercer la acción penal pública ante los tribunales de justicia.
Casos notificados por más de 200 millones
Por otro lado, actualmente existen 29 informes provisionales notificados a los investigados con indicios de enriquecimiento ilícito, que suman más de 200 millones de lempiras, los que se encuentran en la etapa final de resolución de recursos de impugnación y reposición que presentaron los señalados, en uso de su derecho de defensa.
De confirmarse la presunción del delito el Pleno de Magistrados instruirá su remisión al MP, para que ejerza las acciones legales correspondientes.
Asimismo, el TSC mantiene en proceso de investigación un total de 16 expedientes, los que reflejan significativos avances.
El Ente Contralor logró concluir la investigación de otros seis expedientes en los que no se encontraron indicios del Enriquecimiento Ilícito.
Con la remisión de los seis expedientes de enriquecimiento ilícito a la Fiscalía, el TSC reafirma su compromiso y voluntad de adoptar las acciones que sean necesarias, enmarcadas en los principios de legalidad, objetividad y responsabilidad, a fin de responder cualquier solicitud o denuncias que formulen instituciones, organismos o ciudadanos.
Debido proceso
El TSC conduce un proceso establecido por su Ley Orgánica para confirmar la existencia o no indicios de enriquecimiento ilícito en un investigado.
El artículo 87 de la Ley Orgánica del TSC establece que si como consecuencia de las investigaciones efectuadas para determinar enriquecimiento ilícito y concluidas las mismas, se detectaren indicios de responsabilidad, el TSC dictará la resolución contenida del Informe Provisional, el cual se notificará al investigado para que dentro del término de 45 días hábiles pueda impugnar, formulando las alegaciones que estime pertinentes para su defensa.
En el caso que presente pruebas, la misma Ley concede un término de 60 días hábiles para que presente las evidencias que estime pertinentes.
Concluido el término de la impugnación o agotado el procedimiento de pruebas e igualmente emitidos los dictámenes correspondientes, la Ley concede al Pleno del TSC un término de 90 días hábiles para dictar la resolución definitiva, confirmando o desvaneciendo los indicios de responsabilidad por enriquecimiento ilícito determinados en el Informe.
Si el Pleno del TSC deja en firme la resolución de responsabilidad por indicios de enriquecimiento ilícito, se procederá a trasladar el respectivo expediente al MP, para que inicie las acciones penales correspondientes.