El diputado nacionalista Reinaldo Sánchez presentó ante el Congreso Nacional (CN) una reforma a la Ley de Tránsito, enmarcada en el Decreto Legislativo 205-2015, que está encaminada a reducir el número de accidentes viales y por ende procurar la reducción de las muertes de conductores y peatones.
Sánchez planteó la modificación a la normativa, debido a las graves estadísticas que se registran en el país y hacer conciencia en los conductores para que tengan mayor precaución al momento de manejar sus vehículos.
Las estadísticas refieren que a diario mueren cuatro personas por causa de accidentes viales, representando la segunda causa de muerte en el país, siendo que el atropello y la colisión fueron las principales causantes de esos decesos.
En los primeros tres meses del presente año murieron 386 personas a causa de accidentes del tránsito, de esa cantidad, el 45 por ciento se produjeron durante los días sábado y domingo en un horario comprendido entre 6:00 y 9:00 de la noche, siendo los jóvenes entre los 20 y 24 años de edad las principales víctimas.
Artículos
Sánchez indicó que buscan reformar por adición el artículo 68 referido a la velocidad y que en la actualidad se lee: “Los conductores de vehículos que circulen por las vías públicas deberán respetar la velocidad indicada en la señalización existente y actuar prudentemente, de manera que en caso de una emergencia puedan realizar las maniobras oportunas para evitar un accidente”.
La adición busca crear los artículos 68-A, 68-B, y 68-C para establecer límites máximos y kilometraje por hora, por ejemplo en el área urbana la velocidad sería de 50 kilómetros por hora, mientras que en la carretera de tierra será de 60.
Entre tanto, en las calles y avenidas de las áreas residenciales la propuesta establece 30 kilómetros y los vehículos pesados lo harán a 50.
Se establece además que en “las zonas con establecimientos educativos (durante los días de clases), en los centros de atención médica iglesias, mercados, centros comerciales y alrededores, zonas de recreación, plazas, parques y lugares donde se realicen actividades físicas, la velocidad será de 20 kilómetros por hora.
Al modificarse la ley también quedará prohibido realizar carreras o piques o cualquier competencia de velocidad en las vías públicas.
Sanciones
La persona que no acate la norma será detenida preventivamente, le será decomisado el automotor y se le suspenderá licencia por un periodo de seis meses.
Se dejan claros los aspectos que deben tomar en cuenta los conductores, entre ellos la velocidad permitida, condiciones y diseño de la vía, congestionamiento vial, visibilidad existente, características urbanísticas de la zona, estado del tiempo, estado de vehículo y su carga.
Pero también deberá acatar la reducción de la velocidad cuando ingrese a un cruce, calle o camino, cuando se aproxime a una curva o cima de una cuesta, en caminos estrechos, oscuros o en malas condiciones, cuando sea rebasado, en zonas pobladas, entre otras.