Mario Pérez: “La persona tiene derecho a elegir dónde quiere votar”
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Ratificación del acta aumentó penas mínimas por corrupción: Mario Pérez

La ratificación del acta aprobada por el Congreso Nacional aumentó las penas mínimas de los delitos por corrupción, no las rebajó en el nuevo Código Penal, aseguró  el secretario del Legislativo, Mario Pérez.

El diputado nacionalista reaccionó de esa manera, luego que bancadas opositoras han denunciado que las penas por corrupción se rebajaron vía reconsideración del acta.

En ese sentido, Pérez recordó que “Walter Banegas, diputado del Partido Anticorrupción (PAC) presentó ese día una reconsideración al acta por el delito de traición a la patria”.

“¿Por qué Banegas sí sabía que había una reconsideración al acta y los demás diputados restantes dicen hoy que no sabían nada?”, se preguntó.

Los  opositores califican “la reconsideración de acta” como un acto ilegal cuando en reiteradas ocasiones han hecho uso de él, afirmó.

“La ratificación del acta no rebajó las penas, mantiene la pena de 12 años como pena máxima”, reiteró.

Incluso, pasó la malversación de mil lempiras a 100 mil lempiras, el delito puede ser castigado hasta con 6 años de reclusión, advirtió.

“Pero si alguien en el sector Salud o Educación malversa 120 mil lempiras, puede ser castigado con la pena máxima, es decir con 12 años de reclusión”, insistió el presidente de la comisión de dictamen.

Comparación

“Vamos a comparar el Código Penal vigente con el nuevo que se discute en la Cámara y no con cualquier documento que se llame dictamen que ande en manos de algunos diputados”, afirmó Pérez por la vía telefónica en el foro “Frente a Frente”.

Lo anterior nos va a llevar a establecer si estamos aumentando o no las penas en el nuevo Código Penal, afirmó.

En ese sentido, dijo que en el Código Penal vigente el delito de malversación de caudales públicos, tiene dos  situaciones señaladas:

“Una malversación menos grave, cuando llega ésta a mil lempiras y una malversación más grave, cuando supera los mil lempiras”, detalló.

Cuestionó que mil lempiras ya no se ajusta a la realidad económica del país y por eso se aumentó esa cuantía a 100 mil lempiras en el nuevo Código Penal.

“Ese es el monto que parte en dos el delito de malversación de caudales públicos. Es decir, cuando sea inferior a 100 mil lempiras la pena es menos grave y cuando supere ese monto se califica como grave”, ilustró.

En el actual Código, la malversación menos grave se castiga con una pena de 2 a 5 años de reclusión. Pero el pleno aprobó una pena de 4 a 6 años, detalló.

“Es decir, subió el rango mínimo de 2 a 4 años y el rango máximo de 4 a 6 años”, explicó Pérez.

Y en el caso de la malversación más grave de100 mil lempiras, se dividieron las penas en dos partes, agregó.

“Una malversación grave será castigada entre 6 y 9 años de prisión. En tanto, la otra más agravada, cuando se ejecuta por una red de corrupción y contra una institución del Estado, será penalizada con un tercio arriba, con 9 años a 12 años de prisión”, finalizó.

 

Nuevo Código Penal

4 a 6 años                 Malversación menos grave

6 a 9 años                 Malversación grave

De 9 a 12 años         Malversación agravada

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