La ONU saludó la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) de condenar a Honduras por diversas violaciones a los derechos humanos de 42 indígenas miskitos que se dedicaban a la pesca de buceo.
“OACNUDH (Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos) saluda la sentencia de la @CorteIDH en el caso #BuzosMiskitos (Lemoth Morris y otros vs), que es un avance en el reconocimiento de los #DDHH del pueblo #miskito y su implementación permitiría regular los actos de las empresas que impliquen riesgos a los #DDHH”, indicó la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas de Derechos Humanos en un mensaje en Twitter.
La sentencia de la CorteIDH publicada el jueves indica que “el Estado violó los derechos a la vida, a la vida digna, a la integridad personal, a las garantías judiciales, a los derechos del niño, a la igual protección de la ley, a la protección judicial, a la salud, al trabajo y sus condiciones justas, equitativas y satisfactorias, a la seguridad social, y a la igualdad y no discriminación”.
En un segundo mensaje, la Oacnudh reiteró al Estado de Honduras “su obligación de garantizar el ejercicio de los #DDHH de los #pueblosindígenas y afro hondureños ante la precaria situación del pueblo #miskito”, y expresó, además, “su disposición para aportar en la implementación de la sentencia”.
El caso se refiere a las violaciones a los derechos humanos ocurridas en 2003 en perjuicio de 42 personas pertenecientes a la comunidad indígena miskita, y de sus familiares, del departamento de Gracias a Dios. Estas personas laboraban para empresas dedicadas a la pesca por buceo.
“En la realización de esta actividad, 34 de estos buzos sufrieron accidentes debido a las sumersiones profundas que realizaron, y que les generaron el síndrome de descompresión u otras enfermedades relacionadas con su actividad, 12 de los cuales fallecieron como consecuencia de dichos accidentes”, explica la sentencia de la Corte Interamericana.
Además, otros 7 buzos miskitos fallecieron a causa del incendio de la embarcación de nombre “Lancaster”, provocada por la explosión de un tanque de butano, y el niño Licar Méndez Gutiérrez fue abandonado en un cayuco (pequeño bote) por el dueño de la embarcación, y a la fecha se desconoce su paradero, detalló el tribunal.
En el fallo, la Corte Interamericana afirmó que el Estado omitió realizar medidas de inspección o fiscalización para asegurar que las embarcaciones en que se encontraban los buzos cumplieran con las medidas de seguridad requeridas para evitar que la actividad de pesca submarina constituyera un peligro para la vida.
La CorteIDH aceptó el reconocimiento de responsabilidad del Estado y avaló un acuerdo de solución amistosa entre las partes.
Aún así, la CorteIDH ordenó una serie de reparaciones económicas para los sobrevivientes y familiares de las víctimas, además de otras acciones que debe ejecutar el Estado como dar becas educativas, viviendas, proyectos económicos y la realización de un documental acerca de los buzos miskitos.