Ombudsman hondureño exige trato digno para nicaragüenses

Ombudsman de Iberoamérica piden a Ortega cesar violencia en Nicaragua

El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos de Honduras (CONADEH), hizo público,  este martes, un pronunciamiento de la  Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), en el que insta al  Presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, a que ordene el cese  inmediato de toda violencia injustificada en contra de la población.

El ente Iberoamericano exhortó también a los  jueces y tribunales, de ese país centroamericano, competentes por razón del lugar de comisión de los hechos presuntamente delictivos, a iniciar sin demora las investigaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos, depuración de responsabilidades y reparación de las víctimas.

 Pronunciamiento Fio Nº 2/2018

Pronunciamiento del Consejo Rector de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO) respecto a la situación de violencia en Nicaragua

La Federación Iberoamericana del Ombusdman, FIO, que representa a Defensores del Pueblo, Procuradores, Proveedores, Comisionados y Presidentes de Comisiones Públicas de Derechos Humanos de los países iberoamericanos de los ámbitos nacional, estatal, regional autonómico y provincial, ante los graves acontecimientos sucedidos en los últimos meses en la hermana República de Nicaragua, que manifiestan un sistemático ataque, por acción o por omisión, al derecho a la vida y a la integridad física de sus habitantes, en conexión con sus derechos a la libertad de expresión y manifestación, RECUERDA:

 

  • Que las disuasiones y castigos por el libre y pacífico ejercicio de las libertades de expresión y manifestación vulneran los derechos humanos.
  • Que el uso de la violencia contra las personas solo se justifica por razones fundadas y evidentes de orden público y con respeto en todo caso al principio de proporcionalidad, constituyendo en caso contrario violación del derecho a la vida.
  • Que es deber de todas las autoridades del Estado actuar con diligencia en la investigación, sanción y reparación de las violaciones, reales o presuntas, de todos los derechos humanos, y en especial del derecho a la vida.
  • Que según el Estatuto de la Corte Penal Internacional constituyen crimen de lesa humanidad la causación intencionada de grandes sufrimientos o atentados graves contra la integridad física de las personas cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.

 

Por todo lo cual, INSTA:

 

  • Al Presidente de la República de Nicaragua a emitir de inmediato órdenes de cese de toda violencia injustificada contra la población.
  • A los jueces y tribunales de la República de Nicaragua competentes por razón del lugar de comisión de los hechos presuntamente delictivos a iniciar sin demora las investigaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos, depuración de responsabilidades y reparación de las víctimas.

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