JN aplicará este lunes pruebas de confianza a 174 postulantes a la CSJ

Como parte del proceso de selección, la Junta Nominadora (JN) aplicará este lunes las pruebas de confianza a 174 postulantes a magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Los togados fueron citados para realizarles las pruebas en un circuito cerrado de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) en Tegucigalpa, capital de Honduras.

Al respecto, el portavoz de la CSJ y miembro de la JN, Josué Padilla, informó que la Unión de Notarios “pidió una ampliación de tiempo para para el examen”.

No obstante, comentó que la JN ya lo había analizado por lo cual “se acordó aumentar media hora más para el examen para cada uno de los turnos”.

la Unión de Notarios también pidió “regresar a las preguntas anteriores” y se aceptó la propuesta, señaló Padilla.

Reveló que los notarios “también están con algunas dudas sobre la interpretación de la Ley con respecto que a criterio de Junta como se ha establecido en el reglamento, las personas que no aprueben el examen escrito no pueden continuar en el proceso”.

Padilla contó que los acucharon y les aclararon que “la intención de la Junta es que todo sea transparente y que la nota -una vez que finalicen el examen- será mostrada inmediatamente a ellos”.

Aclaramos aspectos sobre cómo se va implementar el examen y ellos pidieron una reunión en vista que hay bastantes notarios que tienen inquietudes y que han manifestado quejas.

Junta Nominadora

Los integrantes de la Junta son Blanca Izaguirre y Rolando Milla del Comisionado Nacional de Derechos Humanos (Conadeh), Mario Urquía y Reina Nájera del Colegio de Abogados de Honduras (CAH), Olban Valladares y Heliu Castillo del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) y Martha Durón junto a Tomás Andino de la sociedad civil.

Además, están María Paz y Joel Almendares de las centrales obreras, Waldo Rivera junto a Yessenia Aguilar del Claustro y Carlos Padilla con Daysi Rodríguez de la CSJ.

Estos son los documentos que deberán presentarse junto con la solicitud de postulación:
1. Solicitud de postulación según el formulario elaborado por la Junta Nominadora.

2. Hoja de vida de la persona postulante según la estructura solicitada por la Junta Nominadora.

3. Certificación del acta de nacimiento extendida por el Registro Nacional de las Personas.

4. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación.5. Dos fotografías a color, recientes, en tamaño pasaporte.

6. Certificado médico que haga constar que la condición de salud física le permite desempeñar las funciones del cargo para el cual se está postulando.

7. Copia fotostática autenticada del título de Abogado.

8. Copia fotostática autenticada del Exequátur de Notario.

9. Copias fotostáticas de otros títulos de grados académicos y estudios realizados tales como licenciatura, especialidad, maestría, doctorado, post doctorado u otros, conforme a la validez que determina la Constitución de la República.

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10. Constancia con fecha de incorporación emitida por el Colegio de Abogados de Honduras.

11. Constancia extendida por el Poder Judicial que indique el cargo, las funciones y el tiempo en el cual se ha desempeñado, para acreditar la titularidad de un órgano jurisdiccional durante cinco años; o bien, constancias que acrediten haber ejercido la profesión durante diez años.

12. Declaración Jurada debidamente autenticada de la información patrimonial y cuentas bancarias según el formulario elaborado por la Junta Nominadora. (Esta información no será pública).

Constancias

13. Constancia emitida por la Superintendencia de Alianza Público Privada (SAPP) de no ser concesionario del Estado de Honduras y de no haber sido representante o apoderado legal de ningún concesionario.

14. Constancia emitida por la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) de no ser proveedor o contratista del Estado.

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15. Constancia emitida por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) de no tener cuentas pendientes con el Estado de Honduras.

16. Constancia emitida por el Servicio de Administración de Rentas (SAR) de: 1) Estar inscrito en el Registro Tributario Nacional y, 2) De solvencia fiscal.

17. Solvencia municipal correspondiente al año 2022, extendida por la Alcaldía donde reside la persona postulante.

18. Formulario preelaborado por la Junta Nominadora de Autorización para realizar investigación personal, familiar, patrimonial y profesional en las entidades que sean necesarias, incluyendo la Unidad de Información Financiera y la Central de Información Crediticia.

19. Constancia de la Contraloría del Notariado de estar activo, solvente y de no haber sido sancionado o suspendido en el ejercicio del notariado.

20. Constancia de la Unión de Notarios de no haber sido sancionado o de no tener procesos disciplinarios en el ejercicio del notariado.

21. Constancia de solvencia emitida por el Colegio de Abogados de Honduras.

22. Constancia de no haber sido sancionado o suspendido por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y de no tener procesos pendientes en ese Tribunal.

23. Constancia de no haber sido sancionado por faltas graves en los órganos disciplinarios de las instituciones u organizaciones en las que haya trabajado. (según sea procedente)

24. Constancia emitida por el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos de Honduras (CONADEH) de no tener queja por violaciones a derechos humanos declarada con responsabilidad.

25. Constancia emitida por Juzgados de Violencia Doméstica de no haber sido condenado mediante sentencia firme.

26. Constancia emitida por el Juzgado de Familia competente de no existir demandas por incumplimiento, por parte de la persona postulante, de deudas alimentarias.

Declaración

27. Declaración jurada debidamente autenticada de no tener investigaciones o procesos judiciales penales, civiles, administrativos o de cualquier otra naturaleza pendientes, o procesos disciplinarios en trámite ante el Colegio de Abogados de Honduras, según el formulario elaborado por la Junta Nominadora.

28. Constancia de no tener antecedentes penales.

29. Constancia de no tener antecedentes policiales.

30. Declaración Jurada debidamente autenticada de no encontrarse comprendidos en la presunción e inhabilidades contenidas en los artículos 225, 250 y 310 de la Constitución de la República, de conformidad con el artículo 15 de la Ley Especial de la Junta Nominadora. según el formulario elaborado por la Junta.

31. Autorización para la publicación de su información personal que tenga el carácter de pública, según formulario elaborado por la Junta Nominadora. No será pública la información patrimonial y cuentas bancarias.

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