Con el objetivo de que la ciudadanía no continúe botando basura en zonas inadecuadas o en solares baldíos que se convierten en botaderos clandestinos, la Municipalidad de San Pedro Sula, que dirige el alcalde Armando Calidonio Alvarado, a través de la Gerencia de Prevención Seguridad y Transporte, comenzó la colocación de 51 rótulos en los que se tipifica ¨prohibido botar basura¨ esto enmarcado en el artículo 90 del Plan de Arbitrios vigente.
La acción se generó luego de que personal de la División Municipal del Ambiente (DIMA), de la Fiscalía del Medio Ambiente, así como colaboradores de Justicia y Policía Municipal, además de la Gerencia de Servicios Públicos y Participación Comunitaria, efectuarán un recorrido por diferentes zonas, detectando de esa forma los sitios donde los ciudadanos de forma irresponsable botan basura y contaminan el ambiente.
¨El compromiso municipal de responsabilidad social y ambiental obedece a poder recuperar esos espacios públicos, llevando un mensaje prohibitivo que así lo tiene tipificado la ley, aunque lo que buscamos como autoridades a instalar estos 51 rótulos es crear conciencia ciudadana, respecto a la obligación que tenemos de construir lugares saludables¨, dijo el gerente de Prevención Seguridad y Transporte, José Roberto Romero Luna.
Prohibido
Detalló que de los 51 rótulos ya han instalado más de 30 en lugares como la entrada a la colonia Primero de Mayo, 27 calle, bulevar los Próceres, a poca distancia del puente en el bulevar Peraza que conduce al hospital Mario Catarino Rivas, bordo Río de Piedra entre el vado del Playón y el puente bulevar Catarino, colonia Villa Florencia y en la avenida Junior entre otras zonas.
Precisó que una vez colocado los rótulos las personas no tendrán excusa, para no saber que en esos sitios está prohibido botar basura, ¨si se detecta en el momento oportuno a las personas que de manera irresponsables y a pesar que está el rótulo, o en su defecto estén eliminando el mismo se procederá con la sanción que establece el Plan de Arbitrios que es de 2,000 a 5,000 mil lempiras de multa, sin embargo no queremos aplicar multas, sino que la ciudadanía tome concienciación con la responsabilidad social que tiene con su ciudad y el ambiente¨.
Lo anterior está basado en el Plan de Arbitrios en el Capítulo V de Servicios Públicos no Domiciliario, en su artículo 90, el cual reza; prohibiciones, sanciones y residuos peligrosos; es prohibido, botar basura, animales muertos y todo tipo de desechos en calles, esquinas, medianas, parques, bulevares, riberas, cauces de los ríos y quebradas, derechos de vías, solares baldíos y cualquier otro lugar público.
Al infractor de ésta norma, se le aplicará una multa por primera vez de 2,500 lempiras y las reincidencias con 5,000 lempiras. Terminantemente prohibido contratar o utilizar carretas o trocos como medios para acarrear basura, al infractor se le impondrá una multa de 5,000 mil lempiras.
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