El Congreso Nacional aprobó el proyecto de reformas de varios artículos a Ley del Instituto de Previsión del Magisterio (Inprema), para que ya no se deduzca el ocho por ciento en el décimo tercer y décimo cuarto mes del salario de cada docente.
Según el decreto aprobado por el Poder Legislativo, “La aportación equivalente al ocho por ciento del salario no deberá afectar al décimo tercer y décimo cuarto mes de salario del docente”.
Para recuperar el equilibrio del Inprema, será necesario que esa institución incremente las cotizaciones individuales y aportaciones patronales.
En ese sentido, a partir del mes de enero del año 2020, se pagará un cero punto cinco por ciento mensual adicional en cada año.
“Establecer los porcentajes de las cotizaciones en 9.5 por ciento”, señala el decreto aprobado durante la sesión del martes.
En el caso que Inprema haya recibido las cotizaciones correspondientes al tercer y décimo cuarto mes de salario de todos los docentes afiliados del año 2019, deberá aplicar como abono a las cotizaciones del siguiente mes.
DATO:
El Inprema es parte del sistema de asistencia y previsión social de los docentes a nivel nacional y para que cumpla con su función es esencial la aportación del Estado, pero también de los beneficiarios.