La Sala III del Tribunal de Sentencia realizó este día la audiencia de petición de la pena concreta para ex vice Presidente del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, Teodoro Bonilla Euceda declarado culpable por el delito de Tráfico de Influencias en perjuicio de la Administración Pública y fecho para el próximo 11 de septiembre la Lectura de la Sentencia.
Durante la audiencia, el Ministerio Público y la Procuraduría General de la República
(PGR) invocando circunstancias agravantes solicitaron al Tribunal imponerle a Bonilla Euceda, la pena máxima que establece artículo 369-A del Código Penal de 9 años de reclusión más el pago de una multa de 300 mil lempiras, además la inhabilitación por el término de 8 años, también la interdicción civil por el tiempo que dure la pena impuesta así como la deducción de la responsabilidad civil.
Por su parte, la defensa privada del encausado expuso durante la misma atenuantes a fin que el Tribunal tome en consideración al momento de emitir la sentencia solicitando para su representado la pena mínima de 6 años de reclusión, la inhabilitación por el término de cinco años y la no aplicación de la multa, sin embargo, corresponderá al Tribunal una vez valoradas las circunstancias agravantes y atenuantes planteadas por las partes determinar la pena concreta para el abogado Teodoro Bonilla Euceda.
Bonilla Euceda fue acusado por el Ministerio Público por el delito de Tráfico de Influencias en perjuicio de la Administración Pública, en la resolución dictada a favor de sus familiares Dennys Donadyn Bonilla García acusado por Almacenamiento Ilegal de Armas y Municiones Comerciales y Almacenamiento de Armas Prohibidas y Carlos Roberto Bonilla, acusado por los delitos de Lavado de Activos y Almacenamiento de Arma Prohibida y Municiones en el caso conocido como “Shalom”.
Este caso igualmente relaciona a la ex jueza Liz María Núñez Cardona, quien resolvió sobreseer provisionalmente a Carlos Roberto Bonilla por el delito de Lavado de Activos, decretándole auto de Apertura a Juicio Oral únicamente por el delito de Posesión Ilegal de Armas de Uso Prohibido.
Asimismo, el Ministerio Público relaciona en el tráfico de influencias a la ex magistrada de la Corte de Apelaciones Delmy Elizabeth López quien durante el debate mediante comunicaciones telefónicas entre ella, Núñez Cardona y el secretario de esta última fueron señaladas con la pruebas evacuadas durante el Juicio Oral y Público para favorecer a familiares del ex concejal Bonilla Euceda durante las audiencias preparatorias del proceso penal de los involucrados en el caso “Shalom”.
Una vez que la Corte de Apelaciones revocó las resoluciones dictadas que beneficiaban a familiares de Teodoro Bonilla Euceda las causas fueron elevadas a Juicio Oral y Público.
El caso de Carlos Roberto Bonilla fue elevado a Juicio Oral y Público el 16 de septiembre de 2016, la Sala II del Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional lo declaró culpable junto al señor Luis Antonio Lara Herrera por el delito de Lavado de Activos, este último condenado también por otros delitos de Usurpación del Estado Civil en perjuicio de Carlos José Fúnez Cáceres, Almacenamiento de Armas de Uso Prohibido y Almacenamiento de Armas de Uso Comercial en el mismo caso.