Omar Rivera: Congreso debe elegir Fiscal General sin interés particular

Establecen requisitos para aspirantes a comisionados de unidad de política limpia

Los miembros de la Comisión Especial Multipartidaria, acordaron como una primera resolución, establecer los requisitos para los aspirantes a comisionados de la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización de Partidos Políticos y Candidatos.

En ese sentido, se acordó que los requisitos para candidatos a ser comisionados de la nueva unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización de Partidos Políticos y Candidatos, serán los mismos establecidos en el artículo 22 de la Constitución de la República para ser magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

La carta magna establece que para ser magistrado del TSE, se debe ser hondureño por nacimiento, mayor de 25 años, de reconocida honorabilidad e idoneidad para el cargo y estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

Mientras tanto, las prohibiciones para ejercer el cargo, son las establecidas en el artículo 7 de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos.

Entre esas prohibiciones figuran: no haber sido candidato a puesto de elección popular en los últimos seis años, no haber ostentado cargo de autoridad partidaria en los últimos seis años previos a su designación, no haber sido apoderado legal de partido o movimiento político alguno y no tener conflicto de intereses en relación a las funciones del cargo.

Finalmente, los miembros de la comisión especial multipartidaria, acordaron que la postulación y documentación requeridas, deberán presentarse en formato impreso y digital.

Asimismo, no se dará curso a las solicitudes que se presenten fuera del plazo o que no acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en la convocatoria que ha hecho la comisión multipartidaria.

Código Penal

El Congreso Nacional aprobó este martes con dispensa de debates y por unanimidad, la iniciativa presentada por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y dictaminada por una comisión especial orientada a reformar los  artículos: 57, 292, 300, 316, 334 y 342 del Código Procesal Penal, con el objetivo de reducir los plazos de sentencia y bajar la mora judicial.

Para la aprobación de este decreto, en la sesión participaron los abogados Claudia Medina, Hermes Moncada y Adolfo Meza, enviados por la CSJ, para explicar a los diputados en qué consisten las reformas que tienen el objetivo de reducir los plazos para emitir los fallos en los juicios.

En el caso del artículo 57 establece que ahora establece que los tribunales de sentencia conocerán en juicio oral y público que este código se refiere; estos órganos judiciales conocerán de forma pluripersonal y colegiada los delitos graves de forma unipersonal, de los delitos menos graves de la acción privada y de los que merecen declaratoria de reo.

 

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