Declaran No Ha Lugar recursos de Casación en caso del homicidio de Carlos Collier Núñez

La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró hoy No Ha Lugar recursos de Casación interpuestos por la defensa técnica y acusación privada, asimismo ratifica fallo dictado por el Tribunal Sentencia de la ciudad de Tegucigalpa, en el caso del Homicidio de Carlos Collier Núñez.

En consecuencia a lo antes expuesto la Sala de lo Penal declaró Firme y Ejecutable la sentencia del 28 de marzo del 2019, dictada por el Tribunal de Sentencia de la ciudad de Tegucigalpa, la cual contiene el pronunciamiento condenatorio en contra de Carlos Alfredo Alvarenga Romero, como autor del delito de Homicidio en perjuicio de Carlos Emilio Collier Núñez; y en el caso de los jóvenes José Carlos Zamora Mejía, Olga López Ferrufino, Elías Chaín Alvarado y James Alexander Oconnor, como autores de un delito de encubrimiento en perjuicio de la Administración Pública.

Asimismo, manda a que la Secretaría del Despacho devuelva los antecedentes del caso al Tribunal de Sentencia de origen, para que el mismo sea remitido al Juzgado de Ejecución y se proceda a ejecutar las penas impuestas de 16 años de reclusión por el delito de Homicidio por el cual fue encontrado culpable el ciudadano Alvarenga Romero y la pena de 4 años de reclusión por el delito de Encubrimiento para el resto de personas involucradas en el proceso.

BOLETIN INFORMATIVO
27 de noviembre de 2020 Caso Homicidio Carlos Collier Nuñez:

SALA DE LO PENAL DECLARA NO HA LUGAR RECURSOS DE CASACIÓN 1NTERPUESTOS POR LA DEFENSA Y ACUSACIÓN PRIVADA Y RATIFICA FALLO DICTADO POR TRIBUNAL DE SENTENCIA

Tegucigalpa.- La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia declara No Ha Lugar Recursos de Casación interpuestos por la defensa técnica y la acusación privada en el caso del Homicidio del joven Carlos Emilio Collier Núñez, según hechos ocurridos el 10 de octubre del año 2017.

Los recursos declarados No Ha Lugar por la Sala de lo Penal son: Recurso de Casación por Infracción de la Ley y Quebrantamiento de Forma en sus únicos motivos interpuesto por la acusación privada, y los recursos de Casación por Quebrantamiento de Forma interpuestos por la defensa técnica de los imputados.

En consecuencia a lo antes expuesto la Sala de lo Penal declara Firme y Ejecutable la sentencia del 28 de marzo del 2019, dictada por el Tribunal de Sentencia de la ciudad de Tegucigalpa, la cual contiene el pronunciamiento condenatorio en contra de Carlos Alfredo Alvarenga Romero, como autor del delito de Homicidio en perjuicio de Carlos Emilio Collier Núñez; y en el caso de los jóvenes José Carlos Zamora Mejía, Olga López Ferrufino, Elías Chaín Alvarado y James Alexander Oconnor, como autores de un delito de encubrimiento en perjuicio de la Administración Pública.

Asimismo, manda a que la Secretaría del Despacho devuelva los antecedentes del caso al Tribunal de Sentencia de origen, para que el mismo sea remitido al Juzgado de Ejecución y se proceda a ejecutar las penas impuestas de 16 años de reclusión por el delito de Homicidio por el cual fue encontrado culpable el ciudadano Alvarenga Romero y la pena de 4 años de reclusión por el delito de Encubrimiento para el resto de personas involucradas en el proceso.

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