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Congreso aprueba reformas a la Ley de Privación de Dominio

Con 67 votos a favor y 37 en contra, en  tercer y único debate, fueron aprobadas las reformas a la Ley de Privación de Dominio en el Parlamento hondureño.

Las reformas se aprobaron con dispensas de dos debates, por lo que fue discutido únicamente en un tercero.

Recientemente se introdujo este proyecto de reformas para evitar la venta de los bienes en casos específicos de corrupción hasta que no exista una sentencia definitiva de un juez.

La Ley sobre Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito, que consta de 86 artículos, fue creada mediante decreto legislativo 27-2010 y luego sufrió algunas reformas en julio de 2014 (siete artículos).

Los parlamentarios afirmaron que pese a las reformas eso no significa que la persona acusada no deberá mostrar cómo adquirió sus bienes y, en el caso que se compruebe que fue con dinero proveniente de actividades ilícitas, las perderá.

El diputado de la iniciativa, Dennis Castro Bobadilla, retiró su Proyecto de Ley y se adhirió al Dictamen.

Durante el aseguramiento, el acusado no podrá transferir, vender o donar el bien. Pero podrá seguir viviendo en él hasta que sea vencido en juicio.

“Hay un nuevo artículo en esta parte, porque en este país se tiene que castigar el abuso de autoridad y está en una legislación, una ley especial que lleva a cabo justo la Procuraduría General de la República, en repetición; todo perjuicio ocasionado al Estado de acciones derivadas de esta ley, la Procuraduría General de la República perseguirá los bienes y activos de los funcionarios que hayan incurrido en la misma (perjuicio al Estado)”, detalló Castro Bobadilla.

Para Castro Bobadilla, “vienen demandas al Estado de Honduras por este tipo de acciones precipitadas, abusivas, destructivas de fuentes de trabajo. Se han cerrado fábricas, talleres y otras fuentes de trabajo; ayer nos dimos cuenta que hasta ganado incautado han vendido a precio de gallo muerto”.

Por esa razón -dijo-, las responsabilidades tienen que caer en alguien, en el que haya causado un perjuicio y en los funcionarios o las personas que por sus acciones el Estado de Honduras se ve obligado a indemnizar.

Reformas no son retroactivas

El diputado y presidente de la bancada del Partido Nacional, Mario Pérez, advirtió que las reformas a la Ley de Privación de Dominio no son de carácter retroactivos y que “solo serán aplicadas de aquí en adelante”.

De esa forma, se descarta que los bienes que han sido incautados hasta el momento sean beneficiados con estas reformas.

No se ha cambiado en ningún punto el objetivo que si un bien fue comprado con dinero sucio, no será llevado a sucio; sí será llevado a juicio y si se comprueba eso, la persona pierde ese bien, explicó Pérez.

“Únicamente se ha dejado establecido que cuando se trate del domicilio familiar -donde viven los niños, las mujeres, los padres-, no es que la casa no va irá a juicio, si irá, y se tendrá que comprobar cómo lo compró y al ser vencido en juicio lo podrán sacar de la casa; mientras eso no sea así, la familia seguirá viviendo en la casa”, ejemplificó el diputado.

“¿Aquellos bienes que han sido incautados a la fecha también son abarcados por estas reformas?”, le preguntaron a Pérez.

Su respuesta fue: “No, no, porque no podemos hacer retroactiva otra vez la ley; es de aquí para adelante una vez que haya sido publicada”.

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