El Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el nuevo Código Penal de Honduras.
La nueva normativa estaría entrando en vigor el 10 noviembre, y una decreto que crea la Ley para la Asignación, Ejecución, Liquidación y Rendición de Cuentas de Fondos Públicos.
El Código Penal y la nueva normativa, conocida como Fondo Departamental, «fomentan la corrupción» en el país centroamericano, indicó el CNA.
Señaló que el Parlamento hondureño aprobó en mayo «el nuevo Código Penal de la impunidad», pues tiene «rebajas a penas por delitos en contra de la administración pública que favorece a un grupo selecto de funcionarios y exfuncionarios».
«Las personas que han sido sentenciadas con penas severas establecidas en el actual Código Penal por actos de corrupción pueden pedir la retroactividad de la ley para que les rebajen los años de cárcel con el nuevo Código Penal de la Impunidad», aseguró.
El Código Penal «de la Impunidad» convierte a los funcionarios «en ciudadanos superiores a otros, pues esta norma fija reducciones de penas por delitos de corrupción en la administración pública con relación a otros crímenes», indicó el Consejo Anticorrupción.
Según el CNA, la rebaja de penas en el nuevo Código Penal «es un atentando contra el sistema jurídico y los bienes públicos que son protegidos por la Constitución de la República».
Agregó que el Código Penal está en un periodo de seis meses de vacatio legis (en suspenso por vacación de la ley) y está previsto que el 10 de noviembre de 2019 entre en vigencia.
«Aunque ese cuerpo legal no esté vigente, se puede anular porque representa un riesgo potencial de grave daño contra el sistema jurídico y los bienes del Estado que protege la Constitución de la República», destacó el Consejo Anticorrupción.
Señaló además que el artículo 60 de la Constitución de Honduras, que data de 1982, indica que en el país «no existen clases privilegiadas; sin embargo, el Código Penal de la Impunidad y el nuevo Fondo Departamental crean ese tipo prebendas».
El CNA indicó que el decreto 116-2019, que crea la Ley para la Asignación, Ejecución, Liquidación y Rendición de Cuentas de Fondos Públicos para proyectos de orden social, comunitarios y programas sociales, «da inmunidad a diputados y otras personas que hayan malversado recursos públicos de proyectos sociales, es decir, también les convierte en clases privilegiadas».
En enero de este año, la Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional el decreto 141-2017 que reformó la Ley Orgánica del Presupuesto y que daba ese mismo tipo de inmunidad a los diputados hondureños, apuntó.
La nueva normativa establece un plazo de tres años para que el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) «audite recursos utilizados en ayudas del Gobierno y que mientras dure la investigación, no podrán ser investigados ni acusados por el Ministerio Público los responsables del manejo de esos dineros», indicó el Consejo Anticorrupción.
«Si el TSC, producto de esa auditoría, entrega un finiquito a un parlamentario u otro ciudadano, automáticamente este recibe una inmunidad que restringe que el Ministerio Público lo acuse por hechos relacionados a la utilización de esos fondos», añadió.
El Tribunal Superior de Cuentas es el organismo encargado de vigilar la correcta gestión de los recursos del Estado hondureño.
«Esta inmunidad cercena la facultad dada por la Constitución de la República al Ministerio Público de ejercer la acción penal pública», enfatizó el Consejo Anticorrupción hondureño. EFE