El Congreso Nacional derogó en las últimas horas y por unanimidad de votos la ley que prohibía la circulación de dos hombres en motocicleta.
En el año 2012 fue aprobada la ley que prohibía que se transportaran dos personas del mismo sexo en motocicleta por los diferentes municipios y ciudades del país mediante decreto 91-2012, debido a los altos índices de violencia que había en esos tiempos.
El Diputado por el Partido Nacional, Rolando Dubón Bueso, manifestó que en ese momento era necesario porque los índices delictivos rondaban entre 87 muertes por cada 100 mil habitantes y hoy en día el índice cerrará en 37 muertes por cada 100 mil habitantes por lo que las autoridades de la Secretaría de Seguridad definieron que ya no tenía razón de ser esa prohibición y recomendaron su derogatoria.
También se acordó en el Congreso Nacional exonerar el pago de las multas y de parqueo cuando es en predio público y que se pague el 50% de la multa cuando es en predios privados ya que según manifiesta el congresista este decreto afectaba a muchas personas que por necesidad compran una moto para trabajar y transportarse.
La Ley entrará en vigencia inmediatamente que sea publicada en el Diario Oficial La Gaceta, la cual comprende también la devolución de miles de vehículos que se encuentran decomisados por cualquier infracción de tránsito sin ningún tipo de multa y en caso de que algunos vehículos no tengan dueño serán subastados para descongestionar los predios a nivel nacional.