CN certifica tratamiento médico a pacientes con enfermedades renales

TEGUCIGALPA.El Congreso Nacional (CN), aprobó un decreto mediante el cual se garantiza la continuidad del tratamiento de hemodiálisis de los pacientes con enfermedades renales crónicos en espacios físicos y especiales de hospitales públicos  de todo el país durante la pandemia del COVID-19.

En la iniciativa fue presentada por el diputado secretario, Tomás Zambrano, la cual  tipifica que el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Salud, debe garantizar la continuidad y la gratuidad del tratamiento de hemodiálisis y diálisis peritoneal para los pacientes con insuficiencia renal crónica a nivel nacional.

En ese sentido, se precisa que la Secretaría de Salud, en coordinación con la empresa encargada de la prestación de servicios de diálisis a los pacientes con insuficiencia renal crónica, remitidos por el Hospital Escuela Universitario y el Hospital Mario Catarino Rivas, deben asegurarse de que todos los pacientes reciban el tratamiento correspondiente, sin discriminación para aquellos pacientes que hayan sido diagnosticados como portadores del COVID-19.

Para cumplir con lo anterior, la empresa responsable de prestar el servicio, debe contar en cada uno de sus centros de atención con una sala exclusiva para atender a pacientes infectados o sospechosos de COVID-19, sin que estos, ni el personal asignado a esta sala, tengan contacto con el resto de pacientes atendidos en cada centro, para lo cual se pueden establecer convenios con las alcaldías municipales para garantizar un espacio físico.

Para el acondicionamiento de los espacios físicos, se autoriza a las alcaldías municipales, de las ciudades en las que operan los centros de atención de la empresa contratada por el Estado para la prestación del servicio; para que puedan destinar fondos de las transferencias del Estado en el presente ejercicio fiscal, ya sea para proveer el local adecuado para su instalación, o para colaborar en su acondicionamiento, incluyendo la posibilidad de renta de inmuebles.

Para ello, las fuerzas de seguridad pública, través del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager), y todas las alcaldías a nivel nacional, deben poner a disposición de las autoridades de salud en cada departamento, de manera inmediata y hasta que haya terminado la emergencia sanitaria por el COVID-19, una o varias unidades de transporte, de acuerdo a la necesidad determinada, para el traslado de los pacientes con insuficiencia renal crónica hacia los centros en los que reciben su tratamiento de diálisis, servicio que debe ser prestado de manera gratuita para los pacientes.

La Secretaría de Salud debe encargarse de contactar a cada paciente, de acuerdo a listado proporcionado por el Hospital Escuela Universitario y el Hospital Mario Catarino Rivas, para asegurarse de que reciban este beneficio.

También, en el decreto, se tipifica que la Secretaría de Salud debe verificar de manera especial durante la pandemia del COVID-19, cómo se está dando el servicio de diálisis a los enfermos renales y las medidas adoptadas para evitar los contagios.

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