El Consejo de Ministros aprobó la ampliación por 30 días del plazo de cumplimiento de las obligaciones tributarias del sector productivo, empresarial y comercial sin el riesgo del pago de multas ni intereses.
El secretario ejecutivo del Consejo de Ministros, Ebal Díaz, detalló que “hemos logrado que se apruebe una medida extraordinaria del presidente en Consejo de Ministros en aplicación de los artículos 245 numeral 20”.
Explicó que con esta medida “el presidente de la República puede tomar medidas extraordinarias en materia económica y materia financiera y reportar de esas medidas al Congreso Nacional una vez que este entre nuevamente en sesiones”.
Obligaciones
La medida –dijo Ebal Díaz- consiste en la prorroga por 30 días más, sin multas ni intereses, el plazo del cumplimiento de las obligaciones tributarias que debían ser cumplidas el pasado 10 de diciembre, de enterar el Impuesto Sobre Venta (ISV), el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y también las obligaciones declarativas.
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Aseguró el secretario ejecutivo del Consejo de Ministros que “con la prórroga se evita que a las empresas y personas que no habían hecho el pago tributario el pasado 10 de diciembre se les apliquen ni multas ni intereses”.
Díaz expresó que “el Gabinete Económico y el presidente de la República siguen analizando la toma de más medidas que beneficien al sector productivo, empresarial, a los comerciantes, para aliviar los efectos de esta situación (crisis política) que hemos vivido en virtud de los recientes acontecimientos”.
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