OACNUDH Honduras: reducir la edad punible violenta convenios internacionales
Durante este encuentro, las agencias de las Naciones Unidas participantes mostraron sus argumentaciones en contra de la reducción de la edad de imputabilidad.

OACNUDH Honduras: reducir la edad punible violenta convenios internacionales

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) en Honduras hizo de conocimiento público que el día 23 de mayo del año en curso, atendió la convocatoria a la Plataforma de Diálogo sobre Justicia Penal Especial organizada por la Comisión Interinstitucional de Justicia Penal.

Durante este encuentro, las agencias de las Naciones Unidas participantes mostraron sus argumentaciones en contra de la reducción de la edad de imputabilidad.

En relación a esta temática, OACNUDH Honduras comunicó lo siguiente:

La edad de imputabilidad es la edad a partir de la cual una persona puede ser juzgada por el sistema penal ordinario como una persona adulta. Actualmente en Honduras esta edad es de 18 años. Los menores de 18 años que cometan una conducta ilícita son sometidos a un sistema especial de justicia juvenil. Es preciso no confundir este concepto con el de edad mínima de responsabilidad penal, que actualmente es de 12 años de edad y que establece que un niño menor de 12 no es penalmente responsable por sus acciones.

En este sentido, la Oficina reiteró en dicha plataforma la preocupación planteada por el Sistema de las Naciones Unidas en Honduras en un comunicado del 15 de mayo de 2017, advirtiendo que ningún menor de 18 años puede ser juzgado como un adulto, según lo dispuesto en la Convención de los Derechos del Niño, ratificada por Honduras en 1990.

Según el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, encargado de velar por la implementación de la Convención, reducir la edad mínima de responsabilidad penal a menos de 12 años de edad no se considera aceptable en virtud de las normas internacionales. Es más, 14 o 16 años de edad representan la edad mínima de responsabilidad penal “recomendable” de conformidad con los requisitos de la Convención.

La Representante Residente de OACNUDH en Honduras, María Soledad Pazo, indicó: “Desde la Oficina vemos con preocupación este tipo de propuestas que implican una regresividad en los compromisos en derechos humanos del Estado de Honduras, disminuyen la protección garantizada a los y las adolescentes en conflicto con la ley, y que además se han mostrado inefectivas en otros países de la región donde se han implementado en el combate a la criminalidad”.

“Nos inquieta que se estén considerando este tipo de iniciativas en Honduras cuando debería ser urgente y prioritario el abordaje a las causas estructurales que sitúan a los niños y niñas en situación de vulnerabilidad, llevando a una minoría a cometer actos delictivos. De nada sirve castigar a una niña o a un niño como adulto si no se atacan las raíces de los problemas. Se trata de sacar a la niñez de un círculo vicioso de violencia y no de alimentarlo”, agregó.

Finalmente, desde la OACNUDH, hacemos un llamado al Estado Hondureño a abrir la discusión sobre este tema desde una perspectiva de derechos humanos, que parta de un abordaje que privilegie la prevención y la rehabilitación de los adolescentes en conflicto con la ley y que enfoque sus recursos técnicos y financieros en el desarrollo e implementación de una política pública integral para la niñez hondureña.

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