Honduras: negocios sólo abrirán 3 días por emergencia de Covid-19

Honduras: negocios sólo abrirán 3 días por emergencia de Covid-19

La Secretaría de Seguridad aclaró hoy las medidas vigentes durante el toque de queda a nivel nacional por la emergencia sanitaria que vive el país.

El portavoz de la Secretaría de Seguridad, Jair Meza, reiteró mediante un comunicado las autorizaciones, prohibiciones y excepciones, entre ellas que los supermercados, gasolineras y farmacias sólo podrán abrir los días lunes, miércoles y viernes, sin excepción.

A continuación el comunicado:

ACLARATORIA

La Secretaría de Seguridad a través de la Policía Nacional de Honduras en el marco del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo (SINAGER), a la población en general mediante aclaratoria reitera:

1. Que durante la vigencia del toque de queda los supermercados, farmacias y gasolineras están autorizados a operar únicamente y SIN EXCEPCIÓN los días lunes, miércoles y viernes en los horarios autorizados y según el último dígito para cada ciudadano; el resto de la semana deben permanecer cerrados incluyendo servicio a domicilio.

2. Las pulperías y mercaditos en barrios y colonias están AUTORIZADAS todos los días para abastecer a los vecinos de su sector, respetando en todo momento el congelamiento de precios según acuerdo ministerial 023-2020 de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Económico.

3. Está PROHIBIDA la apertura de restaurantes, establecimientos de comida rápida, cafés y otros similares dedicados a la venta de alimentos, incluyendo el servicio de entrega a domicilio; por lo que deben permanecer cerrados durante el toque de queda absoluto, mientras se evalúan los protocolos de bioseguridad alimentaria.

4. Los productores de granos básicos, verduras, frutas, legumbres, lácteos, carne, pesca artesanal productores de camarón, producto avícola y otros de la cadena agroalimentaria PUEDEN CIRCULAR siempre y cuando justifiquen actividades de abasto a los diferentes establecimientos, tomando en cuenta las medidas de bioseguridad pertinentes.

5. Se AUTORIZA la circulación del transporte pesado de alimentos, combustible, insumos médicos, productos de exportación e importación, agro exportadores y otros, necesarios para atender la emergencia nacional, siempre que cumplan con las medidas de bioseguridad recomendadas.

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6. Se les instruye a los entes de seguridad del Estado, que los salvoconductos que se han estado autorizando por el comité de excepciones quedan vigentes y a partir de la fecha serán autorizados únicamente por la Policía Nacional a través del correo electrónico: comite.excepciones.emeregencia@gmail.com y al teléfono 9440-0006.

7. Quienes pretendan burlar a la autoridad a fin de utilizar el salvoconducto para trámites personales, se les aplicarán las sanciones establecidas entre ellas el decomiso y cancelación automática del permiso de circulación.

La Policía Nacional de Honduras reitera su compromiso en la lucha contra el COVID-19 recordando las medidas de bioseguridad, uso de mascarilla, limpieza constante de manos con jabón y gel anti bacterial, mantener las distancia en un mínimo de un metro y medio por persona y respetar las medidas de bioseguridad adoptadas por municipios, instituciones públicas y privadas.

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