El Congreso Nacional, aprobó reformas por adición de varios artículos de la Ley General de Minería, iniciativa que tiene por objeto regular las actividades mineras y metalúrgicas en el país.
Es importante destacar que anteriormente los artículos que fueron reformados habían sido declarados inconstitucionales.
Con la aprobación de este decreto, la ejecución de las actividades exploración, explotación y beneficio deben realizarse de conformidad a los estándares internacionales contenidos en los convenios suscritos por Honduras en materia de protección del medio ambiente, por lo que no deberá comprometerse la salud y seguridad pública.
“Toda concesión de explotación, exploración y beneficio debe contar con su respectiva licencia ambiental conforme a la tabla de categorización vigente establecida por la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MiAmbiente+) previo a iniciar operaciones”, reza el documento que contiene la iniciativa.
Asimismo, previo a la solicitud de explotación la autoridad minera solicitará a la corporación municipal realizar una consulta ciudadana cabildo abierto en un plazo no mayor de 90 días, la decisión que sea adoptada será vinculante para el otorgamiento de la concesión.
“Si el resultado de la consulta ciudadana fuere de oposición a la explotación esta no podrá volver a realizarse después de un año, previo a la instalación de una mesa de desarrollo social”, añade el decreto.
DATOS:
– La exploración comprende todo el conjunto de trabajos para la localización, determinación de la estructura de la mina, la morfología, dimensiones y condiciones de la yacencia del cuerpo mineral.
– La explotación comprende las operaciones, trabajos y labores mineras destinadas a la preparación y desarrollo de las minas y canteras, para la extracción técnica y racional de los minerales, su comercialización.