TEGUCIGALPA. Este viernes fue publicado en el diario oficial La Gaceta el artículo 335-B, mejor conocido como “Ley mordaza”, luego que el Poder Ejecutivo la sancionará.
Es de mencionar que para que se llegara a esta instancia el Colegio de Periodistas de Honduras (CPH) encabezó una lucha férrea para que el artículo fuera derogado, por considerar que limita la libertad de expresión.
El artículo 335-B señalaba que “quien públicamente o a través de medios de comunicación o difusión destinados al público hiciere apología, enaltecimiento o justificación del delito de terrorismo o de quienes hayan participado en su ejecución o, incitare a otro u otros a cometer terrorismo o financiamiento de éste, debe ser sancionado con pena de cuatro (4) a ocho (8) años de prisión”.
Reconsideración
Como se recordará, en la sesión legislativa del 2 de abril de 2017, el entonces jefe de bancada del Partido Nacional, Óscar Álvarez, sorprendió a los periodistas que cubren la cámara legislativa, al presentar una reconsideración al acta anterior para presentar, como iniciativa un agregado a las reformas al Código Penal que se aprobaron para endurecer las penas contra la extorsión
“Quienes públicamente o a través de medios comunicación hicieren apología del delito de terrorismo o incitaren a cometer delito de terrorismo, serán penados con cuatro y hasta ocho años de cárcel”, tipifica el agregado del artículo 335 B del Código Penal vigente, que incluyó en las reformas penales el exjefe de la bancada nacionalista.