Decretan libertad para cuatro sentenciados por crimen de Carlos Collier

Decretan libertad para cuatro sentenciados por crimen de Carlos Collier

En audiencia de Revisión de Medidas la Sala II del Tribunal de Sentencia, por unanimidad de votos determinó otorgar medidas cautelares distintas a la prisión preventiva a James Alexander Oconnor Márquez, Olga María López Ferrufino, José Carlos Zamora Mejía y Elías Taufic Chahín,  declarados culpables el viernes anterior  por el delito de encubrimiento en el homicidio del joven Carlos Emilio Collier.

Durante la misma, la defensa técnica de los encausados argumentó ante el Tribunal que dado que el delito de encubrimiento  la pena establecida en el Código  Penal es de tres a cinco años de reclusión considerada no  grave  así como,  que   el mismo no se encuentra  en el catálogo de los delitos que no aplican a  las medidas sustitutivas a la prisión establecidas en el artículo 184  del Código Procesal Penal.

Es así que el Tribunal  una vez  escuchados los planteamientos de los apoderados legales  y en amparo a los que establece el artículo 173 de la norma procesal penal   resolvió otorgar a los jóvenes las medidas  cautelares con la prohibición de salir del país,  de acercarse a los familiares de la víctima  y la de presentarse una vez  a la semana al Tribunal de Sentencia a firmar el libro de registro.

En este proceso también se declaró culpable  a Carlos Alfredo Alvarenga, como autor responsable del delito de Homicidio en perjuicio del joven Carlos Emilio Collier Núñez.

El Tribunal de Sentencia, una vez valorados los elementos de prueba presentados en el transcurso del juicio oral y público, consideró que de acuerdo a los hechos probados y en base a las reglas de la sana crítica no  existen suficientes elementos para dictar responsabilidad  penal a título de cómplices de homicidio para los jóvenes López Ferrufino, Oconnor Márquez, Zamora Mejía y Taufic Chahín    pero si por el delito de Encubrimiento del hecho criminal.

De acuerdo a las investigaciones realizadas por la autoridad competente en fecha 11 de octubre de 2017 y según los hechos probados en el juicio oral y público a eso de las diez de la noche el joven Carlos Emilio Collier Núñez salió de su casa de habitación en la colonia Rio Grande, para reunirse con sus amigos Alvarenga Romero, López Ferrufino, Chahin Alvarado, Zamora Mejía y Oconnor Márquez, quienes aproximadamente a las 22:45 abordaron un vehículo marca Suzuki color azul conducido por Oconnor Márquez, siendo el copiloto el joven Chaín Alvarado mientras los demás iban en el asiento de atrás pero cuando transitaban por la Colonia Loarque se suscitó una riña entre Carlos Emilio y Carlos Alfredo por lo que empezaron a forcejear infiriéndole este último varios disparos con un arma de fuego causándole la muerte de manera instantánea a Carlos  Collier.

Tras suscitarse el hecho las personas que se conducía en el vehículo dejaron  abandonado el cuerpo de la víctima en un solar baldío a inmediaciones de la Escuela International School, retirándose después todos ellos del lugar; sin embargo, uno de los que acompañaba a la víctima le informó al padre de la misma donde habían dejado el cuerpo de su hijo quien procedió luego a recogerlo ya sin vida trasladándolo a su casa de habitación donde se hizo el reconocimiento cadavérico.

 

 

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